5.1.a Valuación del Capital, de las deudas y de las Acciones Preferentes

30.10.2014 08:53

5.1.a Valuación del Capital, de las deudas y de las Acciones Preferentes

 En finanzas, la valuación o valoración   es el proceso de estimar el valor de un activo (por ejemplo: acciones, opciones, empresas o activos intangibles tales como patentes y marcas registradas) o de un pasivo (por ejemplo: títulos de deuda de una compañía). El proceso de valuación es muy importante en muchas situaciones incluyendo análisis de inversión, presupuesto de capital, Fusiones y Adquisiciones, etc

Valuación de Bonos, Acciones Preferentes y Comunes

Los bonos y las acciones son los tipos más comunes y básicos de valores financieros. Los valores financieros proveen una buena parte del financiamiento (pasivo y participación de accionistas), de las compañías. Cuando una compañía decide expandirse y no cuenta con el efectivo necesario, puede obtener el dinero que necesita de nuevos valores. Las acciones son una participación, una forma apropiada para este fin.

Un bono es una deuda, un tipo de préstamo. En caso de un bono, los flujos de efectivo futuros periódicos esperados son el  pago de los intereses y principal estipulados en el contrato. En el caso de las acciones, los flujos de efectivo futuros periódicos esperados son dividendos en efectivo. Ambos valores tienen un flujo de efectivo futuro esperado adicional, el dinero que se recibe si el bono se salda o vende o si las acciones se venden.

 El procedimiento de valuación básico para cualquier activo es el siguiente:

1.    Estimar ,los flujos de efectivo futuros esperados

 

2.    Determinar el Rendimiento requerido, que depende del riesgo de los flujos de efectivo futuros esperados

 

3.    Calcular el valor presente es decir,   cuánto  vale ese activo  actualmente


Valuación de Bonos.- Es el valor presente de sus pagos de cupón y restricciones del principal futuros de promedios. Este valor presente se determina con base al rendimiento requerido del bono. Recordemos  que el rendimiento requerido es el rendimiento mínimo que cabe esperar para estar dispuestos a hacer la inversión (compra el bono).


Cuando se emite un bono, la compañía emisora establece sus condiciones a modo de lograr un precio justo determinado para el bono. Lo más común, es que las compañias establezcan las condicones de modo que, en el momento de emitirse el bono, su precio justo refleja las condiciones actuales del mercado para este contrato.

 

VALUACIÓN DE ACCIONES

Son comunes o preferentes. Las acciones comunes representan el interés o  propiedad residual en una compañía. Colectivamente, los accionistas comunes son los dueños de la compañía y eligen a los directores de la compañía.

 En caso de liquidarse una la compañía,  le corresponde a los accionistas comunes,  el remanente después que ha quedado después de liquidar los  acreedores preferentes  (empleados, fisco, acreedores con garantía, accionistas preferentes etc.)

Los accionistas comunes reciben dividendos que la compañías pagan en efectivo, supuestamente de las utilidades que obtienen. Las utilidades se calculan después de hacer los pagos de intereses. Sin embargo, los dividendos no son una obligación contractual de la compañía. Si la compañía no obtiene utilidades, la ley incluso podría prohibirle pagar dividendos en ciertos casos. Por consiguiente, los accionistas comunes asumen un mayor riesgo que los tenedores de bonos; hay un mayor riesgo que los tenedores de bonos; hay una mayor incertidumbre respecto a los pagos que recibirán. De hecho, las acciones comunes no gozan de  pagos futuros prometidos explícitamente, aunque se espera que la compañía pague dividendos en efectivo a sus accionistas comunes, al menos en algún momento futuro.

ACCIONES PREFERENTES

La acciones preferentes tienen una reclamación de más de alta prioridad que las acciones comunes de la compañía, pero no tan alta como la de la deudas preferentes. Existe una tasa de dividendos en efectivo estipulada, que es similar a la tasa de interés estipulada de una deuda. Sin embargo la compañía no paga los dividendos, los accionistas preferentes no pueden obligar a la compañía a ir a la quiebra. A comparación de los accionistas comunes, los accionistas preferentes, por lo regular, tienen derechos muy limitado en cuanto al voto respecto a asuntos de la corporación.

De tal manera que las acciones preferentes son un híbrido que se sitúa entre los bonos y acciones comunes dentro de la jerarquía de prioridad legal de los valores financieros. El riesgo de las acciones preferentes también se ubica entre de las acciones comunes de la compañía y sus bonos. No obstante, una compañía que desee mantener una buena reputación financiera hará todo lo posible cumplir sus obligaciones con los accionistas preferentes.

 Valuación de acciones comunes

Hay dos diferencias importantes entre los factores para valuar acciones comunes y aquellos para valuar bonos. Primero, el horizonte, o vigencia, de la inversión puede ser infinito en lugar de finito. En el cas de bono, el horizonte se denomina vencimiento. Puesto que las corporaciones tienen una vida que podría ser infinita, las acciones comunes tienen vida infinita; las corporaciones nunca tienen que restituirlas. Cuando un inversionista vende acciones, su valor depende de los flujos de efectivo futuros esperados, que en teoría continuarán eternamente.

Segundo, Los flujos de efectivo deben estimarse con base a las expectativas acerca de las ganancias futuras y la política de dividendos de la compañía.

El valor de una acción común depende totalmente de los flujos de efectivo de la compañía vaya a distribuir a sus propietarios y del rendimiento requerido de tales flujos de efectivo.

El precio justo de una acción común

Se sabe que su precio de venta futuro puede determinar en buena medida las utilidades o pérdidas. Durante el periodo de retención de la inversión, se espera recibir dividendos en efectivo, más el precio de venta al término del periodo de retención.

El valor Venal de las Acciones:

 

Se define como Valor Venal de una Acción, al importe monetario que obtendría el propietario de esa Acción, si en un momento dado decidiera proceder a su venta. Este importe está siempre sujeto a las condiciones del mercado y a la ley de la oferta y la demanda. No obstante,  existen criterios un tanto más objetivos como es la cotización de esa acción en  la Bolsa de Valores y en su ausencia, debe optarse por estimar los flujos razonables de fondos que esta pude generar o  el examen  objetivo los Estados Financieros,  dado que es allí donde se encuentran datos reales del giro de la empresa y de su evolución histórica financiera,  que permiten determinar con mayor razonabilidad ese Valor Venal.

 

En la legislación Venezolana el concepto Valor Venal está  recogido en el  artículo 32 de la vigente Ley de Impuesto sobre Sucesiones Donaciones y demás Ramos Conexos.   En los siguientes términos:

 

Artículo 32: Cuando se declaren acciones, obligaciones emitidas por entes públicos o por sociedades mercantiles y otros títulos valores, se acompañará a la declaración una certificación expedida por un Contador Público o Administrador Comercial, en que se determine el valor venal de dichos bienes. 

En ese sentido, se estila, a falta de la cotización de las acciones en la bolsa de valores y de la precisa estimación de flujos de fondos actualizados, optar por Calcular ese Valor Venal, dividiendo el Patrimonio Neto entre el Total de las acciones.

A tales efectos prácticos, se elabora el siguiente Informe:

 

 

Informe de Certificación Valor Venal Acciones Nominales 

 

 A lo Señores Accionistas de la sociedad Mercantil:

 ROMANILLAS DE CEDRO CARACAS, C.A.

 

De  acuerdo a su amable solicitud y con arreglo  a las facultades que me confiere el articulo 32 LEY DE IMPUESTO SOBRE SUCESIONES, DONACIONES Y DEMÁS RAMOS CONEXOS,  en mi carácter de Administrador Comercial debidamente colegiado bajo la matricula LAC Nro. 01-12.635, mediante el presente informe “Certifico” el Valor Venal de las  Acciones Nominativas de esa sociedad Mercantil, cuyo registro corre inserto bajo el nro. 77, Tomo 132 A Pro 27-02-1984, Expediente Nro. 166093,  por ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción Judicial del Dtto. Capital y Edo. Miranda. Rif J-00187863-7.

 

Se define como Valor Venal de una Acción Nominal, en este caso,  al importe monetario que obtendría el propietario de esa Acción, si en un momento dado decidiera proceder a su venta. Este importe está siempre sujeto a las condiciones del mercado y a la ley de la oferta y la demanda. No obstante,  existen criterios un tanto más objetivos como es la cotización de esas cuotas en  la Bolsa de Valores y en su ausencia debe optarse por la determinación precisa del posible flujo de fondos futuros o el examen objetivo de  los Estados Financieros,  dado que es allí donde se encuentran datos reales del giro de la empresa y de su evolución histórica financiera,  que permiten determinar con mayor razonabilidad ese Valor Venal. Tal valor debe calcularse para efectos de la Declaración Sucesoral a la fecha de la apertura de la Sucesión, según lo establece el arriba mencionado art 32 de la vigente Ley de Impuesto sobre Sucesiones Donaciones y demás Ramos Conexos. En este caso lo estamos presentando a la fecha arriba indicada como información referencial, únicamente del interés particular de los Accionistas actuales de esta sociedad Mercantil a los efectos de su evaluación

 

 El  ese sentido,  he revisado, no he auditado, las cifras presentadas en los Estado Financieros de  ROMANILLAS DE CEDRO CARACAS, C.A al  31 de Diciembre de 2013 (Balance  General y Estado de Ganancias y Pérdidas) y su Registro Mercantil y de su examen se puede determinar objetivamente  lo siguiente:

 

1.           Total  Acciones Nominativas: Quinientas Diez Mil (510.000).

2.           Total Patrimonio: Cuatro Millones Seiscientos Treinta y Ocho Mil Setecientos Setenta Bolívares fuertes  con    91/100.  

              (Bs. f 4.638.770,91)

3.           Valor Venal de Cada Acción Nominal de ROCECA: Nueve Bolívares Fuertes   con 10/100  (Bs. f  9,10).

 

Mi compromiso de preparación se limita a presentar en forma numérica monetaria la  información suministrada por ROMANILLAS DE CEDRO CARACAS, C.A., sin la aplicación de procedimientos de comprobación, ni de evaluación.   

 

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